Santo Domingo.- La Dirección
General de Impuestos Internos (DGII) llamó a los contribuyentes a aprovechar
las facilidades de la Ley 51-23, que instaura un Tratamiento Especial
Transitorio de Fiscalización, Gestión y Recuperación de Deuda Tributaria con el
Estado, la cual estará vigente hasta el 20 de diciembre de 2023.
Dentro sus disposiciones está la
prescripción de oficio, mecanismo que permite eliminar todas las deudas
tributarias de los perÃodos iguales o anteriores al 2015, de forma
administrativa, o sea, sin necesidad de que el contribuyente lo solicite,
siempre que cumpla con los requisitos establecidos, entre los cuales se
encuentra estar al dÃa en las obligaciones tributarias del 2016 en adelante.
De acuerdo con lo formulado en el
artÃculo 5 de esta ley, serán declaradas como prescritas todas las deudas de
los siguientes impuestos:
• Impuesto sobre la Renta (ISR).
• Impuesto sobre Transferencias
de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS).
• Impuesto Selectivo al Consumo
(ISC).
• Impuesto sobre Activos (ISA).
• Impuesto al Patrimonio
Inmobiliario (IPI).
• Impuestos a las bancas de
loterÃas, de apuestas y deportivas.
Facilidades de pago
Otro elemento de la ley son las
facilidades de pago sobre las deudas existentes para los periodos comprendidos
entre el año 2016 y el 2021, inclusive, y aquellas iguales o anteriores al 2015
que no aplicasen a la prescripción de oficio.
Las facilidades implican que el
contribuyente podrá hacer un pago único del 70 % de impuestos determinados sin
recargos ni intereses o la opción del pago del 100% del impuesto declarado más
seis meses de intereses sin recargo por mora.
De igual manera, establece un
Procedimiento Abreviado de Fiscalización (PAF), una auditorÃa de escritorio que
permite al contribuyente realizar un pago especial del impuesto determinado por
la DGII, por lo que aplica para todos los contribuyentes que se encuentren en
proceso de una fiscalización de escritorio en curso.
Solicitudes
Para acogerse a la Ley 51-23 los
contribuyentes pueden hacer la solicitud a través de su Oficina Virtual o vÃa
su Administración Local.
La DGII llama a aprovechar las facilidades de esta legislación transitoria que estará en vigencia hasta el 20 de diciembre del presente año. Esta fecha es el tiempo lÃmite para las solicitudes.




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