Cuando entre en vigencia el próximo año escolar el Código de Ética elaborado por el Ministerio de Educación, la relación de los docentes y el personal administrativo con los estudiantes deberá ser estrictamente académica y de servicio formativo, al tiempo que se prohíbe todo trato que tenga una naturaleza distinta al desarrollo integral de los alumnos.

Igualmente, señala que el uso de las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica estará prohibido para el docente y personal administrativo en su interacción con los estudiantes. Establece, en ese sentido, que ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los escolares en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral del educando.
Los lineamientos éticos del código establecen también algunas obligaciones para el personal de la escuela. Entre ellas, que, en el uso de las herramientas digitales con fines formativos, el docente no puede relacionarse de forma individual; en los encuentros virtuales, los docentes y el cuerpo administrativo deben vestir formalmente; y la Policía Escolar y el personal de seguridad ha de mantener un comportamiento coherente con los lineamientos éticos que rigen el funcionamiento de los centros educativos.
Lo que prohíbe a docentes
El código prohíbe a docentes y administrativos acciones violentas de cualquier índole contra los estudiantes; no admite por parte del docente el uso de calificativos que inciten a la discriminación contra el escolar; y prohíbe cualquier tipo de acoso y de soborno.
Además, impide que los maestros y cuerpo de la escuela utilicen los horarios de clases o el centro educativo para desarrollar discursos políticos, religiosos, comerciales, de sexualidad o tratar temas personales con los estudiantes.